Etiquetado de vino y espirituosos: ingredientes, nutrición y alérgenos
Desde el 8/12/2023, los vinos deben indicar ingredientes y declaración nutricional. Esta guía cubre todas las obligaciones.
1. Marco regulatorio
El etiquetado del vino se basa en varios reglamentos:
- Reg. 1308/2013
- Reg. 2019/787
- Reg. 2021/2117
- Reg. 1169/2011
- Reg. delegado 2019/33
2. Menciones obligatorias
Toda etiqueta de vino debe mostrar:
- Denominación
- TAV
- Volumen
- Alérgenos
- Lote
- Embotellador
- Origen
- Azúcar residual
- Ingredientes
- Nutrición
Valor energético — Obligatorio en etiqueta física desde 08/12/2023.
3. Novedad 2023
Ingredientes y nutrición obligatorios:
- Lista completa de ingredientes
- Declaración nutricional
Vinos anteriores pueden seguir vendiéndose.
4. E-label
QR code hacia página informativa:
- Mismo campo visual
- Mención ingredientes
- Sin contenido comercial
- Idioma local
- Accesible permanentemente
Atención — Página e-label exclusivamente informativa.
5. Espirituosos
Reglas propias de denominación:
- Denominación
- TAV
- Volumen
- Alérgenos
- Responsable
- Origen
- Lote
Ingredientes también obligatorios desde 2023.
6. Pictograma embarazada
Obligatorio en Francia para >1,2% vol.
Recomendado a nivel UE.
7. Errores frecuentes
- Sulfitos no declarados
- TAV mal redondeado
- E-label comercial
- Valor energético ausente
- Embotellado incorrecto
- Sin pictograma embarazo
- Ingredientes faltantes
Preguntas frecuentes
¿Son obligatorios los ingredientes en etiquetas de vino?
Sí, desde el 8/12/2023.
¿Puede el QR code reemplazar los ingredientes?
Sí, bajo condiciones estrictas.
¿Es obligatorio el pictograma de embarazo en toda la UE?
No a nivel UE, sí en Francia e Irlanda.